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Trabajo

La arenga de los sindicatos futuristas. Las relaciones laborales frente a la revolución digital

La arenga de los sindicatos futuristas. Las relaciones laborales frente a la revolución digital
El Periódico

Así como el vapor y el carbón transfirieron energía hacia la máquina, la Revolución Digital es un fenómeno con el potencial de transferir el poder del cerebro humano hacia una fuente de inteligencia artificial.1 Esta revolución se inició con la invención del microprocesador, lo que a su vez permitió la llegada de la computadora, el celular y el internet. Ahora, la capacidad de trasladar información nos ha llevado a la explosión del dato, a la digitalización de los medios de producción e incluso a áreas tan avanzadas como el machine learning,2 la inteligencia artificial3 y a la robótica,4 apuntando a un futuro no lejano en el que las máquinas podrán resolver problemas que hasta hoy solo podía enfrentar la capacidad humana.5

No son pocos quienes se aventuran a afirmar que el futuro del trabajo estará marcado por tasas muy altas de automatización de labores, que propiciarán la supresión de gran número de empleos.6 Pero los estrictos seguidores de la evidencia empírica son conservadores en cuanto a la magnitud de los cambios en los mercados de trabajo.7

Lo cierto es que, tanto aquellos que comparten una visión apocalíptica del futuro del trabajo como aquellos que muestran una posición más conservadora, reconocen cambios profundos, exponenciales y aplicados en periodos cortos. Uno de estos cambios es la automatización del trabajo que históricamente ha estado reservado para el ser humano, resultado de la aplicación de las nuevas tecnologías sobre los procesos productivos.

La pregunta de este artículo es ¿cuáles son los retos que afrontan los protagonistas de las relaciones laborales en relación ante esta revolución tecnológica?

Revolución Digital y relaciones laborales

Si bien los cambios tecnológicos del pasado crearon más y mejores puestos de trabajo de los que destruyeron, estos cambios afectaron a un grupo específico de trabajadores y comunidades en un periodo limitado. Con la Revolución Digital8 la situación es diferente. Bajo la teoría pesimista de la compensación, el riesgo de sustitución de trabajadores por las nuevas tecnologías9 es alto. Toda forma de organización del trabajo ha sido alcanzada por la Revolución Digital, que se manifiesta en la creación de bienes y servicios digitales, la agregación de valor al incorporar lo digital en bienes y servicios en principio no digitales, y el desarrollo de plataformas de producción, intercambio y consumo.10

El impacto sobre las relaciones laborales va mucho más allá del mercado de trabajo o los niveles de empleo; la descentralización productiva, propiciada por las innovaciones tecnológicas, afecta negativamente la eficacia de la libertad sindical11 y los fines del derecho al trabajo.12 Podría decirse que en un contexto de alta innovación tecnológica surge como contrapartida un escenario de desprotección de la fuerza trabajadora.

Los cambios tecnológicos son complejos, no suelen respetar parámetros lineales y demandan uso intensivo de recursos que dependen no solo de fuerzas económicas, sino también sociales y políticas.13 ¿Cómo se enfrentan los efectos de los nuevos modelos de la producción auspiciados por la intervención de la tecnología en la organización del trabajo? ¿Cómo se adaptan el Estado, los empresarios y las organizaciones sindicales a este nuevo contexto de deslocalización y automatización de la producción?

Los empleadores

A la llamada economía colaborativa y a las industrias de la creatividad van a parar muchos de los trabajadores que están perdiendo sus empleos. Se trata de modelos de negocio similares a Uber o Amazon, donde los individuos rentan sus habilidades y posesiones online14 y donde -aunque se quiera negar- se establece una relación de trabajo asalariado.15

A raíz de los cambios tecnológicos en el lugar de trabajo, se estima que las empresas sustituirán con mayor probabilidad aquellas ocupaciones que no requieren altos niveles de creatividad y habilidades sociales.16 Si bien es posible que la Revolución Digital no reemplace todos los empleos actuales, esta sí cambiará la forma en que trabajamos, lo cual incluye la explosión del autoempleo y el trabajo free-lance. 17

La tecnología también influye en cómo el trabajo es organizado y bajo qué condiciones. Los enormes avances en traslado de información, el internet de alta velocidad, la tecnología de audio y video, entre otros, permiten la flexibilidad que las compañías requieren para organizarse a través de una distribución del trabajo por equipos, fragmentando sus modelos de negocios bajo un modelo que, además, fomenta el trabajo autónomo.18

Los trabajadores

Las estrategias de los trabajadores frente a la revolución tecnológica, en particular las de las organizaciones sindicales, han de variar en función al tipo de control laboral que se ejerza sobre ellos.19 Por ejemplo, cuando existe un alto despotismo del mercado frente a los trabajadores, la principal alternativa son los acuerdos internacionales, elemento central de la respuesta sindical a las operaciones de globalización de la producción de las empresas multinacionales.20 Los acuerdos marco constituyen un instrumento de especial relevancia para los sindicatos internacionales, puesto que permiten responsabilizar a las empresas líderes de las cadenas de suministro y redes globales de producción por sus prácticas en las relaciones de empleo y por las condiciones aplicadas por sus proveedores. Al enfrentar las nuevas circunstancias de la globalización, el sindicalismo democrático intenta transformar el discurso retórico del viejo internacionalismo en un nuevo repertorio de recursos prácticos capaces de defender globalmente los derechos de los trabajadores.21

Distinto es cuando el control laboral es ejercido por los empleadores. En estos contextos, los trabajadores, al ver limitada la efectividad de sindicarse y protestar a escala de empresa, optan por campañas transnacionales con fuerte impacto en la comunidad internacional. En el Perú, lo que vemos son estrategias "apolíticas" de diferenciación en relación al sindicalismo tradicional y de distanciamiento frente a organizaciones partidarias, como las del Sindicato de Trabajadores de Ripley22 o la constitución de organizaciones sindicales de empresas contratistas por sectores –como los tradicionales sindicatos de contratistas mineros, o el SITENTEL en el sector telecomunicaciones–.

El Estado

En el Perú, la regulación de una serie de manifestaciones del impacto de la tecnología sobre las relaciones laborales y la organización del trabajo se ha producido en el teletrabajo, imposible sin las tecnologías de la información y las comunicaciones. Sin embargo, estas regulaciones no resultan suficientes para garantizar la finalidad tuitiva del derecho del trabajo. En otras latitudes, una de las políticas públicas laborales que ya se implementa como medida frente a la pérdida o potencial pérdida de empleos por los efectos tecnológicos es el reconocimiento de un ingreso básico, conocido como "renta básica universal"23. Países como Dinamarca, Bélgica, Francia, Gran Bretaña, India, Argentina y Brasil han implementado políticas de ingresos mínimos garantizados,24 siendo Finlandia el primer país europeo en experimentar con el pago de una renta universal a todos sus habitantes, sin importar ni la edad ni los ingresos. Uno de sus principales objetivos es reemplazar todos los subsidios pagados por el Estado.

Los retos pendientes

La Revolución Digital no tiene por qué tener el impacto destructivo que se avizora. La tecnología puede llevar a la sociedad a su "tierra prometida": menos horas de trabajo, menos enfermedades, mayor eficiencia, aprendizaje más inteligente y mayor entendimiento y comunicación.25 Las nuevas tecnologías generalmente no se imponen de manera única y su impacto está determinado por los mecanismos de regulación que resultan de procesos específicos en cada sociedad y momento establecido;26 por ende, los efectos de las innovaciones tecnológicas dependen en gran medida de cómo se manejan las políticas y de cómo los protagonistas de las relaciones laborales cumplen el rol que la sociedad les ha confiado. Nos interesa destacar el rol de las organizaciones sindicales y el del Estado.

Por parte de los trabajadores se requiere reforzar la actividad y la estrategia sindical. Predomina actualmente un modelo que no se ha adaptado plenamente a esquemas descentralizados de producción con alta intensidad tecnológica, donde no solo intervienen un grupo de empresas ubicadas en distintos lugares del mundo, sino que éstas interactúan en tiempo real. La rapidez del intercambio de bienes y servicios (incluida la información) exige también un mayor dinamismo en las estrategias colectivas.

Para enfrentar el reto de la modernización, los sindicatos deben alejarse de los antiguos dogmas y sobreponerse a las razones por las que justificadamente se sienten agraviados, a fin de representar y servir a sus miembros de manera efectiva. En este nuevo mundo del trabajo, los trabajadores echan de menos una organización sindical representativa, pragmática y con un pensamiento que mire hacia adelante, que pueda ver los riesgos que supone la evolución de la tecnología en el centro de trabajo.

De parte del Estado, las regulaciones deben afrontar los retos que supone la Revolución Digital, no solo en cuanto a la eventual pérdida de puestos de trabajo, sino también frente a la concentración en pocas manos de los beneficios de la nueva productividad tecnológica, lo que requiere políticas dirigidas a asegurar una distribución equitativa.27 Asimismo, resulta indispensable reforzar legalmente la protección de los derechos laborales. Pese a que Perú ha ratificado los convenios fundamentales de la OIT y de la ONU y que incluso ha celebrado acuerdos comerciales que incluyen cláusulas sociales, se mantienen leyes y prácticas administrativas contrarias a un ejercicio adecuado de los derechos laborales.

Es hora de hacer a un lado el binomio empleador-trabajador como eje central de los sistemas de relaciones laborales, extendiendo la protección del derecho de trabajo sin adjetivos, con garantías ligadas al trabajo a secas.28 En ese marco, el fomento de la libertad sindical es la alternativa legítima para hacer frente a los efectos que la Revolución Digital tiene sobre las relaciones laborales.

Footnotes

  1. Pickavance, N. (2016). The nature of work. In Foundation for European Progressive Studies & F. Society (Eds.), Changing Work: Progressive ideas for the modern world of work (pp. 9–16). London.

  2. Walwei, U. (2016). Digitalization and structural labour market problems: The case of Germany. Ginebra.

  3. Franks, S. (2016). Preparing for the revolution. In Fabian Society; Foundation for European Progressive Studies (Ed.), Changing work: Progressive ideas for the modern world of work (pp. 9–16). London

  4. Watson, inteligencia artificial desarrollada por IBM con capacidad de autoaprendizaje, y DeepMind, tecnología desarrollada por Google que ya ha vencido a diversos campeones humanos luego de haberse entrenado a sí misma, son algunos ejemplos.

  5. Méda, D. (2016). The future of work: The meaning and value of work in Europe. Ginebra.

  6. Frey, C. B., & Osborne, M. A. (2013). The future of employment: how susceptible are jobs to computerisation?, 1–72.

  7. Por ejemplo, en Alemania no se ha presentado ningún indicador que marque un camino hacia escenarios de desempleo masivo o de supresión del trabajo asalariado; por el contrario, el trabajo autónomo se ha mostrado proclive a decaer desde el año 2012 (Eichhorst, Hinte, Rinne, & Tobsch, 2016).

  8. Painter, A. (2016). Confronting ´insecurity cubed´. In F. S. F. for E. P. Studies (Ed.), Changing work: Progressive ideas for the modern world of work2. London.

  9. Nübler, I. (2016). New technologies: A jobless future or golden age of job creation? (No. 13). Ginebra.

  10. CEPAL. (2016). Horizontes 2030. La igualdad en el centro del desarrollo sostenible. Ciudad de México.

  11. Villavicencio, A. (2010). La libertad sindical en el Perú: fundamentos, alcances y regulación. (Programa Laboral de Desarrollo - OIT, Ed.). Lima.

  12. Coello, C. (2014). El impacto de la tercerización en la actividad sindical. Pontificia Universidad Católica del Perú.

  13. Organización Internacional del Trabajo (2016) La iniciativa del centenario relativa al futuro del trabajo: 1 Nota Informativa. Ginebra.

  14. Park, J. (2016). A collective voice in an insecure world. In F. S. F. for E. P. Studies (Ed.), Changing work: Progressive ideas for the modern world of work. London.

  15. Harris, B. (2017). Uber, Lyft, and Regulating the Sharing Economy. Seattle University Law Review, 41(1), 269–285. https://digitalcommons.law.seattleu.edu/sulr/vol41/iss1/8/

  16. Frey, C. B., & Osborne, M. A. (2013). The future of employment: how susceptible are jobs to computerisation?

  17. Park, J. (2016). A collective voice in an insecure world. In F. S. F. for E. P. Studies (Ed.), Changing work: Progressive ideas for the modern world of work. London.

  18. Valsamis, D., De Coen, A., & Vanoeteren, V. (2016). The future of work: Digitalisation in the US Labour Market. Bruselas.

  19. Anner, M. (2015). La resistencia de los trabajadores en las cadenas de suministro globales: Huelgas salvajes, campañas transnacionales y acuerdos internacionales. Boletín Internacional de Investigación Sindical, 7(1–2), 17–39.

  20. Hadwiger, F. (2015). ¿ Llevar el trabajo decente a las cadenas de suministro globales??, 7, 83–105.

  21. Beneyto, P. J. (2016). Trabajo y sindicalismo en la globalización. Revista Española de Sociología, 25(1), 61–87.

  22. Saravia, S. (2017). ¿Nuevas orientaciones en el sindicalismo peruano? La construcción de un discurso apolítico como factor de éxito en el Sindicato Único de Trabajadores del Grupo Ripley S.A. In Pontificia Universidad Católica del Perú (Ed.), Trabajo y Sociedad. Estudios sobre el mundo del trabajo en el Perú (pp. 244–265). Lima.

  23. Hidalgo Lavié, A. (2008). La renta básica universal como herramienta para combatir la exclusión social económica. Una aproximación analítica. Revista Del Ministerio de Trabajo E Inmigración, (75), 143–161. Van Parijs, P. (2000). Basic Income: A simple and powerful idea for the 21st century. Berlin. https://cdn.uclouvain.be/public/Exports%20reddot/etes/documents/Chap1.Simple_and_Powerful.pdf

  24. Guerra, P. (2014). Repensando al Estado de Bienestar y la centralidad del trabajo. El caso de los Ingresos Mínimos Garantizados y la Renta Básica Universal. Revista de La Facultad de Derecho, (30), 171–182.

  25. Franks, S. (2016). Preparing for the revolution. In Fabian Society; Foundation for European Progressive Studies (Ed.), Changing work: Progressive ideas for the modern world of work (pp. 9–16). London.

  26. Weller, J. (2017). Las transformaciones tecnológicas y su impacto en los mercados laborales (Serie Macroeconomía del desarrollo No. 190). Serie Macroeconomía del Desarrollo. Santiago de Chile..

  27. Franks, S. (2016). Preparing for the revolution. In Fabian Society; Foundation for European Progressive Studies (Ed.), Changing work: Progressive ideas for the modern world of work (pp. 9–16). London.

  28. Ello sin perjuicio de establecer otras más específicas para las relaciones reguladas por contratos de trabajo caracterizados por la subordinación o con trabajo dependiente.

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