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Velasco: ¿Política industrial o revolución industrial?

Velasco: ¿Política industrial o revolución industrial?
Collage de Ivo Urrunaga @ivoteou

La política industrial durante el gobierno de Juan Velasco Alvarado completó un ciclo que se había iniciado en 1940 y perfeccionado en 1959, con la denominada Ley de Promoción Industrial. El propósito de las decisiones adoptadas en tales momentos de la historia económica del Perú fue el de impulsar la transformación industrial manufacturera para superar la condición de economía primaria que caracterizaba al Perú.

En 1970 se produce una profundización de la política industrial del país. Se incorporan diversos elementos orientados a superar la estructura tradicional. El primer elemento considerado en esa nueva política fue el establecer prioridades, a partir del desarrollo de la industria básica reservada para el Estado o, en determinados casos, en asociación con el sector privado.

Se establecieron cuatro prioridades dentro de las cuales se incorporaron las diferentes ramas de la actividad manufacturera. El modelo desarrollado establecía estímulos diferenciados para permitir, mediante la reinversión de las utilidades, la capitalización nacional y de las propias empresas. A menor prioridad menos incentivos. Pero en todos los casos existían porcentajes importantes de las utilidades que podrían ser capitalizadas libres de impuestos en función de programas de ampliación y diversificación de la actividad productiva.

Un segundo elemento de la política industrial estuvo referido a la reserva del mercado interno para la producción manufacturera nacional, dentro del marco de la política de sustitución de importaciones aplicada entonces por la casi totalidad de los países de América Latina. Tal política, además, constituyó el factor que explicó en el siglo XIX el crecimiento de la industria en los países centrales.

El desarrollo de la industria se complementó, en el caso peruano, con un novedoso instrumento: la promoción de la investigación y el desarrollo de la tecnología. En un aporte importante en esta materia se estableció el derecho de las empresas para utilizar un porcentaje de su renta neta para ejecutar programas de investigación y desarrollo tecnológico. Debe recordarse que, en la década de los años 70, se otorgó importancia a tal política y, por tanto, buena parte de los países de la región impulsaron las tecnologías propias y adecuadas a la realidad nacional. La política industrial peruana estableció un mecanismo financiero y con contenido en cuanto al impacto de los proyectos para lograr tal objetivo. En ese marco, la política industrial incorporó nuevos elementos en materia de protección del desarrollo de la propiedad industrial, armonizando el modelo peruano con los criterios adoptados en el Grupo Andino.

La integración subregional dentro de los alcances del Acuerdo de Cartagena constituyó un referente y un telón de fondo para las acciones de desarrollo. De tal manera, el Perú participó activamente en los Programas Sectoriales de Desarrollo Industrial, cuyo propósito era permitir, en un espacio económico mayor que el nacional, la captación de inversiones y de tecnologías para impulsar áreas importantes y priorizadas de la actividad manufacturera.

Por otro lado, fue en el marco de la política andina, concordante con las decisiones del gobierno peruano, que se establecieron términos y condiciones para la participación de la inversión extranjera, regulando las transferencias de utilidades y el porcentaje de capital foráneo en las empresas, así como en lo relativo a la transferencia de tecnología y de su costo.

La política industrial protegió el mercado interno; se establecieron además las bases del desarrollo del mercado internacional para los productos manufacturados y con valor agregado, mediante el régimen de promoción de exportaciones.

Finalmente, la política industrial tuvo un componente de reforma de la empresa. Se creó la Comunidad Industrial que tenía como derecho participar progresivamente y con un límite en el capital de la empresa y en su dirección, mediante un sistema de cogestión acotado al área de la dirección superior de las empresas, es decir en el Directorio.

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