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Pantallazos

Aborto terapéutico: niñas, no madres

Aborto terapéutico: niñas, no madres
Intervención artística en San Juan de Miraflores, Lima. Facebook Movimiento Manuela Ramos.

La Agenda por el Desarrollo Sostenible al 2030 condensa los esfuerzos por lograr una humanidad en bienestar y progreso, con objetivos relacionados, entre otros, a la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres frente a la inequidad, desigualdad y los actos de violencia de género prevalecientes en el mundo.

En el campo del ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, que son derechos humanos, a pesar de avances como los acuerdos de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo de 1994 y la CIPD+25 de la Cumbre de Nairobi en 2019, en Perú aún se advierten paradojas que tienen que ver con la histórica discriminación de las mujeres peruanas por el Estado y la sociedad y su impacto negativo en su salud sexual y reproductiva, como por ejemplo en lo relacionado con el embarazo no intencional.

En ese marco, ¿cómo interpretar que aunque desde 1924 el Código Penal Peruano establece que no es punible el aborto terapéutico, se mantenga la resistencia a su aplicación, exponiendo a la gestante a la muerte o a un daño permanente en su salud ? ¿Cómo desconocer y hasta utilizar argumentos en contra del aborto terapéutico sustentados en que la vida del concebido tiene prioridad sobre la de la mujer, si está en vigencia una normativa que en esencia defiende la vida y la salud de la mujer gestante? ¿Es justo que por años, y aún en la actualidad, el argumento de la objeción de conciencia de los facultativos se imponga y no realicen el aborto terapéutico cuando se requiere?

Desde el 2014, el aborto terapéutico, única modalidad legal en nuestro país, tiene una guía técnica que regula su aplicación en embarazos de un tiempo menor a 22 semanas para garantizar el derecho de las mujeres a un aborto seguro y voluntario. No obstante, persisten barreras en la oferta de los servicios de aborto terapéutico en forma oportuna, haciendo caso omiso a una lectura y mandato por causal de salud. ¿Cómo queda la responsabilidad del Estado peruano frente al desconocimiento de la guía técnica del aborto terapéutico por parte del personal de salud? 1

En un país donde está criminalizado el aborto, el único legal es el terapéutico y se reportan en alza los casos de mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual que acuden a los Centros de Emergencia Mujer para denunciarla, ¿qué explicación encontrar a la negativa de despenalizar el aborto por violación sexual por políticos que envían al archivo las iniciativas legislativas que persiguen ese propósito?

En la práctica, uno de los serios problemas que impiden el acceso a las mujeres, niñas y adolescentes al aborto terapéutico es el estigma hacia una interrupción del embarazo cuando no sólo está en riesgo la vida de la gestante sino también cuando va a causarle un daño permanente en su salud integral, léase aquella que engloba la dimensión de la salud mental.

Es lamentable el número de niñas menores de 14 años que son madres en nuestro país. Cada año 1600 niñas se convierten en madres como resultado de abusos sexuales y cada día 4 niñas de 10 a 14 años son obligadas a tener un parto. El Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo consigna que durante el año, 851 madres adolescentes menores de 14 años que han sido madres (cifras a setiembre de 2023), estadística que una vez más revela que el Estado peruano no garantiza el ejercicio del derecho a la salud y a la vida de cientos de niñas y adolescentes que han resultado embarazadas, producto de violación sexual, y terminan obligadas a ser madres.

El Perú ha recibido amonestaciones y sanciones del Comité de Derechos Humanos y el Comité CEDAW en el 2005 y 2011, respectivamente, por dos casos emblemáticos a quienes les negaron el aborto terapéutico (K.L. y L.C.). En mayo de 2023, el Comité de Derechos del Niño de la ONU determinó que Perú vulneró los derechos de Camila, una niña que fue violada por el padre, a la que le impidieron acceder al aborto terapéutico.

Se confirma así que en el Perú las niñas y adolescentes víctimas de un atentado contra su integridad y dignidad, como es la violación sexual, sufren doble vulneración: la limitación explícita de acceder a servicios seguros y legales para interrumpir un embarazo menor de 22 semanas y el impedimento a una libre determinación de su reproducción, porque se le obliga a tener un hijo no deseado producto de una violación sexual. La tipificación de tortura o trato cruel, inhumano, no es gratuita o exagerada respecto a los cientos de niñas y adolescentes que quedan embarazadas como resultado de violaciones sexuales. Lacera la sensibilidad e indigna el desprecio por la vida de nuestras niñas y adolescentes, por lo que debería optimizarse el seguimiento de tantos casos de embarazos por violación o incesto que requieren una atención de salud oportuna, idónea, segura y justa.

Footnotes

  1. De acuerdo a los resultados de una supervisión reciente realidaza por la Defensoría del Pueblo, el desconocimiento de la existencia de protocolos y normas técnicas es una de las razones que se alegan para del incumplimiento de la aplicación del aborto terapéutico. Ver: Informe de Adjuntía N° 013-2021. Supervisión a los servicios de atención de la salud sexual y reproductiva de las mujeres en el contexto de estado de emergencia sanitaria por el COVID-19. Serie Igualdad y No Violencia N°002 Autonomía física, pág. 44-45

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